EDICTO
DE EXCOMUNIÓN CONTRA EL CURA MIGUEL HIDALGO
Y COSTILLA
Datos que debes conocer sobre la Excomunión de Hidalgo
1. El 24 de
septiembre de 1810, Manuel Abad y Queipo, Obispo electo de
Michoacán, promulgó un edicto de excomunión para el cura
Miguel Hidalgo. Irónicamente, entre los argumentos
utilizados por Abad y Queipo no se encontraba el tomar las
armas siendo sacerdote, encabezar el movimiento rebelde;
tampoco el ""seducir"" a la gente para unirse a la causa
insurgente, ni mucho menos el saqueo o las matanzas que
había permitido.
2. Abad y
Queipo no podía excomulgar a Hidalgo por haber iniciado la
guerra de Independencia debido a que reconocía como causa
justa ""el derecho a oponerse al tirano"", doctrina
sostenida por los propios teólogos españoles del siglo XVI,
como Francisco de Vitoria y Francisco Suárez, en los que se
había inspirado el propio Hidalgo.
3. Al momento
de iniciar la guerra de independencia no había monarca
español, la península ibérica estaba invadida por los
franceses y la corona estaba en manos del usurpador José
Bonaparte por lo que la lucha del cura Hidalgo en principio
tenía justificación: era contra "el mal gobierno" y
en defensa de la "santa religión". Al levantarse en
armas para defender la patria y la religión, Hidalgo
encabezaba una causa, teológicamente justa, por la cual no
podía ser excomulgado
4. Para Abad
y Queipo era necesario excomulgar a Hidalgo a como diera
lugar, no por una cuestión teológica, sino por algo más
pragmático: evitar que más gente se sumara al movimiento
insurgente. La excomunión tenía como fin último provocar
miedo en la población, hacer dudar a los insurgentes de
seguir a un hereje condenado a las llamas del infierno como
lo sería Hidalgo bajo la excomunión.
5. Bajo esta
lógica, Abad y Queipo encontró una chicana para poder
excomulgarlo, y lo hizo "por haber atentado contra la
persona y libertad del sacristán de Dolores, del cura de
Chamacuero y de varios religiosos del convento del Carmen de
Celaya". Hidalgo fue excomulgado simplemente por atentar
contra la inmunidad eclesiástica, por haberse atrevido a
tocar a otros sacerdotes, no obstante que ni siquiera hubo
maltrato.
6. La
excomunión de Hidalgo no fue legítima. De acuerdo con el
derecho canónico, la facultad de excomulgar está reservada
solamente a los obispos consagrados, Abad y Queipo era
obispo electo por lo que no podía hacerlo. Sin embargo,
cuando los insurgentes entraron a Valladolid, en octubre de
1810, luego de que Abad y Queipo huyera, el canónigo Mariano
Escandón y Llera, levantó la excomunión lanzada contra
Hidalgo. Al igual que Abad y Queipo, Escandón tampoco tenía
facultades para hacerlo.
7. Existe la
polémica de si el cura Hidalgo murió dentro de la iglesia
católica. No cabe duda de que así fue. Poco antes de ser
fusilado el 30 de julio de 1811 y luego de su degradación
sacerdotal, Hidalgo recibió la confesión, la absolución y la
comunión para morir en paz.
Decreto
lanzado por el obispo Manuel Abad y Queipo. Obispo de Michoacán de 1810 a 1815.
"Por
autoridad del Dios Omnipotente, El Padre, El Hijo y El Espíritu Santo y de los
santos cánones, y de las virtudes celestiales, ángeles, arcángeles, tronos,
dominaciones, papas, querubines y serafines: de todos los santos inocentes,
quienes a la vista del santo cordero se encuentran dignos de cantar la nueva
canción, y de los santos mártires y santos confesores, y de las santas vírgenes,
y de los santos, juntamente con todos los santos y electos de Dios:
Sea condenado Miguel Hidalgo y Costilla, ex-cura del pueblo de Dolores.
O excomulgamos y anatemizamos, y de los umbrales de la iglesia del todo poderoso
Dios, lo secuestramos para que pueda ser atormentado eternamente por indecibles
sufrimientos, justamente con Dathán y Habirán y todos aquellos que le dicen al
señor Dios: ¡Vete de nosotros, porque no queremos ninguno de tus caminos! Y así
como el fuego es extinguido por el agua, que se aparte de él la luz por siempre
jamás. Que el Hijo, quien sufrió por nosotros, lo maldiga. Que el Espíritu
Santo, que nos fue dado a nosotros en el bautismo, lo maldiga. Que la Santa Cruz
a la cual Cristo, por nuestra salvación, ascendió victorioso sobre sus
enemigos, lo maldiga. Que la santa y eterna madre de Dios, lo maldiga. Que San
Miguel, el abogado de los santos, lo maldiga. Que todos los ángeles, los
principados y arcángeles, los principados y las potestades y todos los ejércitos
celestiales, lo maldigan. Que sea San Juan el precursor, San Pablo y San Juan
Evangelista, y San Andrés y todos los demás apóstoles de Cristo juntos, lo
maldigan.
Y que el resto de sus discípulos y los cuatro evangelistas, quienes por su
predicación convirtieron al mundo universal, y la santa y admirable compañía
de mártires y confesores, quienes por su santa obra se encuentran aceptables al
Dios omnipotente, lo maldigan. Que el Cristo de la santa Vírgen lo condene. Que
todos los santos, desde el principio del mundo y todas las edades, que se
encuentran ser amados de Dios, lo condenen. Y que el cielo y la tierra y todo lo
que hay en ellos, lo condenen.
Sea condenado Miguel Hidalgo y Costilla, en dondequiera que esté, en la casa o
en el campo, en el camino o en las veredas, en los bosques o en el agua, y aún
en la iglesia. Que sea maldito en la vida o en la muerte, en el comer o en el
beber; en el ayuno o en la sed, en el dormir, en la vigilia y andando, estando
de pie o sentado; estando acostado o andando, mingiendo o cantando, y en toda
sangría. Que sea maldito en su pelo, que sea maldito en su cerebro, que sea
maldito en la corona de su cabeza y en sus sienes; en su frente y en sus oídos,
en sus cejas y en sus mejillas, en sus quijadas y en sus narices, en sus dientes
anteriores y en sus molares, en sus labios y en su garganta, en sus hombros y en
sus muñecas, en sus brazos, en sus manos y en sus dedos.
Que sea condenado en su boca, en su pecho y en su corazón y en todas las vísceras
de su cuerpo. Que sea condenado en sus venas y en sus muslos, en sus caderas, en
sus rodillas, en sus piernas, pies y en las uñas de sus pies. Que sea maldito
en todas las junturas y articulaciones de su cuerpo, desde arriba de su cabeza
hasta la planta de su pie; que no haya nada bueno en él. Que el hijo del Dios
viviente, con toda la gloria de su majestad, lo maldiga. Y que el cielo, con
todos los poderes que en él se mueven, se levanten contra él.
Que lo maldigan y condenen. ¡Amén! Así sea. ¡Amén!
El
proceso degradatorio se llevó a cabo el 29 de julio de 1811 en una de las salas
del Hospital Real de Chihuahua, y consistió en rasparle la piel de la cabeza,
que había sido consagrada, como cristiano y sacerdote, también le arrancaron
la yema de los pulgares e índices de las manos que habían sido consagradas en
el día de la ordenación,
después lo entregaron al gobierno español para que lo fusilaran, sin ninguna
de las prerrogativas y beneficios eclesiásticos, en que antes se amparaba
cualquier reo.
Obispo Manuel Abad y Queipo, fue nombrado obispo por la regencia, y nunca fue
presentado por el Papa; además, por ser hijo natural no podía ser sacerdote ni
obispo, según las leyes eclesiásticas de aquella época. Sin embargo, bien
aceptaron la excomunión dictada por él. Manuel Abad y Queipo era obispo de
Michoacán, y permaneció en su cargo hasta 1815, en que salió para España.
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